Real Decreto 781/2013, de 11 de octubre, por el que se establecen normas relativas a la elaboración, composición, etiquetado, presentación y publicidad de los zumos de frutas y otros productos similares destinados a la alimentación humana.
BOE-A-2013-10611 · Boletín Oficial del Estado, 2013-10-12 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 781/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
Esta norma regula la elaboración, composición, etiquetado, presentación y publicidad de los zumos de frutas y productos similares destinados a la alimentación humana. Aplica a todos los productos definidos en sus anexos que se comercialicen en la Unión Europea desde el 28 de octubre de 2013.
Entre los puntos clave, establece que los productos deben cumplir con requisitos específicos de etiquetado, como la correcta denominación según su composición, y la obligación de indicar si contienen azúcares añadidos. También se especifica que los productos elaborados a partir de concentrados deben incluir en su etiquetado la mención "a partir de concentrado(s)" para mayor transparencia hacia el consumidor. Además, se prohíbe el uso de azúcares añadidos en los zumos a partir del 28 de abril de 2015, y se permite la comercialización de productos etiquetados bajo la normativa anterior hasta el 28 de abril de 2015. Esta norma deroga el Real Decreto 1050/2003, de 1 de agosto, que regulaba previamente estos aspectos.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 781/2013
- Fecha de la disposición
- 2013-10-11
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 245, 2013-10-12
- Entrada en vigor
- 2013-10-28
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 9
- Identificador BOE
- BOE-A-2013-10611
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Directiva 2001/112/CE del Consejo, de 20 de diciembre de 2001, relativa a los zumos de frutas y otros productos similares destinados a la alimentación humana, fue incorporada al ordenamiento jurídico nacional mediante el Real Decreto 1050/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria de zumos de frutas y de otros productos similares, destinados a la alimentación humana.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Disposiciones específicas sobre etiquetado, presentación y publicidad.
- Artículo 3. Etiquetado de los zumos de frutas concentrados no destinados al consumidor final.
- Artículo 4. Materias primas, ingredientes, tratamientos y sustancias autorizados.
- Disposición transitoria única. Comercialización de existencias de productos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Incorporación de derecho de la Unión Europea.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 781/2013?
- Real Decreto 781/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 781/2013?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 781/2013?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.