Real Decreto 749/2001, de 29 de junio, por el que se establecen las características mínimas que deben cumplir las bocas de hombre e inspección de las cisternas de carburantes (gasolinas, gasóleos y fuel-oils ligeros), así como combustibles de calefacción doméstica u otros combustibles de uso industrial que estén clasificados en el ADR como materias de la clase 3, y que además tengan una presión de cálculo de la cisterna de menos de 0,75 kg/cm2 de presión manométrica.
BOE-A-2001-13868 · Boletín Oficial del Estado, 2001-07-18 · Ministerio de Ciencia y Tecnología
Real Decreto 749/2001 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 749/2001
- Fecha de la disposición
- 2001-06-29
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 171, 2001-07-18
- Entrada en vigor
- 2002-01-18
- Departamento
- Ministerio de Ciencia y Tecnología
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 5
- Identificador BOE
- BOE-A-2001-13868
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Real Decreto 2115/1998, de 2 de octubre |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 749/2001?
- Real Decreto 749/2001 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 749/2001?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.