Real Decreto 443/2001, de 27 de abril, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores.
BOE-A-2001-8503 · Boletín Oficial del Estado, 2001-05-02 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 443/2001 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 443/2001
- Fecha de la disposición
- 2001-04-27
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 105, 2001-05-02
- Entrada en vigor
- 2001-09-01
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 25
- Identificador BOE
- BOE-A-2001-8503
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Las normas de seguridad aplicables en el transporte colectivo de menores por carretera estaban recogidas en el Real Decreto 2296/1983, de 25 de agosto, sobre tráfico y circulación de vehículos escolares y de menores.
Desde la entrada en vigor de dicho Real Decreto se han producido cambios importantes a nivel legislativo y reglamentario de carácter general tanto en materia de ordenación de los transportes terrestres, como de tráfico, circulación y seguridad vial de los vehículos a motor, y de las normas sobre condiciones técnicas de los vehículos, que afectan de forma directa a la materia que en aquél se regulaba.
Ello hacía precisa, en todo caso, una modificación del referido Real Decreto que adaptase su contenido a las modificaciones operadas en el marco del ordenamiento jurídico general en que se encuadraba.
Índice del articulado
- Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Autorizaciones de transporte.
- Artículo 3. Antigüedad de los vehículos.
- Artículo 4. Características técnicas de los vehículos.
- Artículo 5. Distintivo indicativo de transporte de menores.
- Artículo 6. Inspección técnica de los vehículos.
- Artículo 7. Conductores.
- Artículo 8. Acompañante.
- Artículo 9. Limitación de velocidad.
- Artículo 10. Itinerario y paradas.
- Artículo 11. Duración máxima del viaje.
- Artículo 12. Seguros.
- Artículo 13. Obligaciones de la entidad organizadora del transporte.
- Artículo 14. Infracciones y sanciones.
- Disposición adicional primera. Ámbito de aplicación de las condiciones de seguridad.
- Disposición adicional segunda. Modificación de las normas reguladoras de las características técnicas de los vehículos.
- Disposición adicional tercera. Colaboración formativa del Ministerio del Interior.
- Disposición adicional cuarta. Excepciones de aplicación de la normativa.
- Disposición adicional quinta. Normativa aplicable a los vehículos procedentes de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
- Disposición transitoria primera. Aplicación temporal de la normativa anterior.
- Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio en materia de antigüedad de los vehículos de transporte.
- Disposición transitoria tercera. Competencia de aplicación progresiva.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Habilitación normativa.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (5)
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Deroga | el Real Decreto 2296/1983, de 25 de agosto |
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 443/2001?
- Real Decreto 443/2001 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 443/2001?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 443/2001?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.