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Real Decreto Vigente

Artículo 12. Seguros.

Artículo 12 del Real Decreto 443/2001, de 27 de abril, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores. · BOE-A-2001-8503

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-09-01.

Texto consolidado

Sin perjuicio del cumplimiento de la legislación vigente en materia de seguros obligatorios, las empresas que realicen cualquiera de los transportes incluidos en el artículo 1 deberán tener cubierta de forma ilimitada su responsabilidad civil por los daños que puedan sufrir los ocupantes de los vehículos en que aquéllos se realicen.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-09-01.

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