Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica.
BOE-A-2010-1331 · Boletín Oficial del Estado, 2010-01-29 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 4/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 4/2010
- Fecha de la disposición
- 2010-01-08
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 25, 2010-01-29
- Entrada en vigor
- 2010-01-30
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 40
- Identificador BOE
- BOE-A-2010-1331
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
La interoperabilidad es la capacidad de los sistemas de información y de los procedimientos a los que éstos dan soporte, de compartir datos y posibilitar el intercambio de información y conocimiento entre ellos. Resulta necesaria para la cooperación, el desarrollo, la integración y la prestación de servicios conjuntos por las Administraciones públicas; para la ejecución de las diversas políticas públicas; para la realización de diferentes principios y derechos; para la transferencia de tecnología y la reutilización de aplicaciones en beneficio de una mejor eficiencia; para la cooperación entre diferentes aplicaciones que habiliten nuevos servicios; todo ello facilitando el desarrollo de la administración electrónica y de la sociedad de la información.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación.
- Artículo 4. Principios básicos del Esquema Nacional de Interoperabilidad.
- Artículo 5. La interoperabilidad como cualidad integral.
- Artículo 6. Carácter multidimensional de la interoperabilidad.
- Artículo 7. Enfoque de soluciones multilaterales.
- Artículo 8. Servicios de las Administraciones públicas disponibles por medios electrónicos.
- Artículo 9. Inventarios de información administrativa.
- Artículo 10. Activos semánticos.
- Artículo 11. Estándares aplicables.
- Artículo 12. Uso de infraestructuras y servicios comunes y herramientas genéricas.
- Artículo 13. Red de comunicaciones de las Administraciones públicas españolas.
- Artículo 14. Plan de direccionamiento de la Administración.
- Artículo 15. Hora oficial.
- Artículo 16. Condiciones de licenciamiento aplicables.
- Artículo 17. Directorios de aplicaciones reutilizables.
- Artículo 18. Interoperabilidad en la política de firma electrónica y de certificados.
- Artículo 19. Aspectos de interoperabilidad relativos a los prestadores de servicios de certificación.
- Artículo 20. Plataformas de validación de certificados electrónicos y de firma electrónica.
- Artículo 21. Condiciones para la recuperación y conservación de documentos.
- Artículo 22. Seguridad.
- Artículo 23. Formatos de los documentos.
- Artículo 24. Digitalización de documentos en soporte papel.
- Artículo 25. Sedes y registros electrónicos.
- Artículo 26. Ciclo de vida de servicios y sistemas.
- Artículo 27. Mecanismo de control.
- Artículo 28. Publicación de conformidad.
- Artículo 29. Actualización permanente.
- Disposición adicional primera. Desarrollo del Esquema Nacional de Interoperabilidad.
- Disposición adicional segunda. Formación.
- Disposición adicional tercera. Centro Nacional de Referencia de Aplicación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) basadas en fuentes abiertas.
- Disposición adicional cuarta. Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación.
- Disposición adicional quinta. Normativa técnica relativa a la reutilización de recursos de información.
- Disposición transitoria primera. Adecuación de sistemas y servicios.
- Disposición transitoria segunda. Uso de medios actualmente admitidos de identificación y autenticación.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Título habilitante.
- Disposición final segunda. Desarrollo normativo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (16)
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 4/2010?
- Real Decreto 4/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 4/2010?
- El BOE registra 16 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 4/2010?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.