Real Decreto 377/2003, de 28 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la tramitación y concesión de las ayudas sociales a las personas con hemofilia u otras coagulopatías congénitas, que hayan desarrollado la hepatitis C como consecuencia de haber recibido tratamiento con concentrados de factores de coagulación en el ámbito del sistema sanitario público.
BOE-A-2003-6380 · Boletín Oficial del Estado, 2003-03-29 · Ministerio de Sanidad y Consumo
Real Decreto 377/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 377/2003
- Fecha de la disposición
- 2003-03-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 76, 2003-03-29
- Entrada en vigor
- 2003-03-30
- Departamento
- Ministerio de Sanidad y Consumo
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 9
- Identificador BOE
- BOE-A-2003-6380
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El virus de la hepatitis C (VHC) fue identificado y descrito a mediados de 1989, pero hasta el año 1990 no se dispuso de los medios técnicos adecuados para prevenir su transmisión a través de la sangre y productos hemoderivados, en forma de un test de detección de anticuerpos del VHC que empezó a aplicarse con carácter obligatorio en todas las unidades de sangre o plasma extraídas en los bancos de sangre, a tenor de lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo de 3 de octubre de 1990.
Por tanto, en estas circunstancias, las personas afectadas por hemofilia u otras coagulopatías congénitas estuvieron expuestas al riesgo de contraer la hepatitis C, como consecuencia de los tratamientos periódicos que debían recibir con concentrados de factores de coagulación.
Índice del articulado
- Artículo 1. Titularidad del derecho.
- Artículo 2. Ayudas sociales.
- Artículo 3. Solicitud de la ayuda social.
- Artículo 4. Tramitación de las ayudas sociales.
- Artículo 5. Resolución y pago de las ayudas sociales.
- Artículo 6. Solicitud de inclusión en el censo.
- Artículo 7. Comisión de Evaluación.
- Disposición adicional única. No incremento del gasto público.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de errores | en BOE num. 99, de 25 de abril de 2003 |
| Se modifica | el art. 6.2 y SE SUSTITUYE el anexo IV, por Real Decreto 477/2006, de 21 de abril |
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 377/2003?
- Real Decreto 377/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 377/2003?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 377/2003?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.