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Real Decreto 3325/1981, de 29 de diciembre, por el que se incorpora al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta propia o Autónomos a los religiosos y religiosas de la Iglesia Católica.

BOE-A-1982-1407 · Boletín Oficial del Estado, 1982-01-21 · Presidencia del Gobierno

Real Decreto 3325/1981 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.

Resumen

Esta norma regula la inclusión de los religiosos y religiosas de la Iglesia Católica en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. Aplica a aquellos religiosos españoles mayores de dieciocho años que pertenezcan a comunidades religiosas reconocidas y que desarrollen su actividad bajo la dirección de sus superiores en el territorio nacional.

Entre los puntos clave, se establece que estos religiosos deben cotizar para acceder a las prestaciones del régimen, y se especifica que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social puede facilitar la gestión de afiliaciones y cotizaciones mediante acuerdos con las comunidades religiosas. Además, se contempla un régimen transitorio para aquellos religiosos que, al momento de la entrada en vigor del decreto, tengan 65 años y cumplan ciertas condiciones para acceder a la pensión de jubilación, incluyendo la posibilidad de abonar cuotas necesarias para completar el período mínimo de cotización. Esta norma no está derogada y sigue vigente.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 3325/1981
Fecha de la disposición
1981-12-29
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 18, 1982-01-21
Entrada en vigor
1982-05-01
Departamento
Presidencia del Gobierno
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-16
Artículos
6
Identificador BOE
BOE-A-1982-1407
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

La inclusión de los religiosos y religiosas de la Iglesia Católica en el sistema de la Seguridad Social ha sido una aspiración constante de este colectivo, expresada a través de las reiteradas peticiones efectuadas en este sentido por las Conferencias Españolas de religiosos y religiosas.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (3)

Normas a las que afecta (1)

Normativa relacionada por sector

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 3325/1981?
Real Decreto 3325/1981 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 3325/1981?
El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 3325/1981?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.