Real Decreto 2295/2004, de 10 de diciembre, relativo a la aplicación en España de las normas comunitarias de competencia.
BOE-A-2004-21496 · Boletín Oficial del Estado, 2004-12-23 · Ministerio de Economía y Hacienda
Real Decreto 2295/2004 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 2295/2004
- Fecha de la disposición
- 2004-12-10
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 308, 2004-12-23
- Entrada en vigor
- 2004-12-24
- Departamento
- Ministerio de Economía y Hacienda
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 16
- Identificador BOE
- BOE-A-2004-21496
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Por el Real Decreto 295/1998, de 27 de febrero, relativo a la aplicación en España de las reglas europeas de competencia, se reguló la aplicación de dichos preceptos por los órganos nacionales encargados de la defensa de la competencia, y se realizó una atribución genérica de competencias a cada una de las autoridades nacionales, el Tribunal y el Servicio de Defensa de la Competencia, acorde con la distribución interna de aquéllas.
Esa norma se centró también en la definición de las facultades y poderes de los funcionarios y agentes acreditados que realizasen verificaciones o investigaciones en España, así como en la colaboración y asistencia a los funcionarios y agentes de la Comisión Europea por parte de los funcionarios o agentes españoles en la realización de verificaciones en el territorio nacional.
Índice del articulado
- Artículo 1. Atribución de competencias de resolución o dictamen.
- Artículo 2. Atribución de competencias de instrucción.
- Artículo 3. Atribución de competencias de información.
- Artículo 4. Atribución de competencias a los efectos de la colaboración con las autoridades comunitarias.
- Artículo 5. Toma de declaraciones y realización de verificaciones o investigaciones en colaboración con la Comisión Europea.
- Artículo 6. Colaboración con las autoridades nacionales de competencia de otros Estados miembros de la Unión Europea.
- Artículo 6 bis. Procedimiento para la asistencia mutua en notificaciones y cobro de multas o multas coercitivas.
- Artículo 6 ter. Costes vinculados a la colaboración y asistencia mutua a Autoridades Nacionales de Competencia de otros Estados miembros de la Unión Europea.
- Artículo 6 quater. Procedimiento para recaudación de multas y multas coercitivas en procedimientos de asistencia mutua.
- Artículo 7. Deber de secreto y tratamiento de la información confidencial.
- Artículo 8. Cooperación con los órganos jurisdiccionales nacionales.
- Artículo 9. Reglas de procedimiento.
- Artículo 10. Modificaciones de los reglamentos comunitarios.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Facultad de desarrollo.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
Normas a las que afecta (4)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Reglamento (CE) 139/2004, de 20 de enero |
| De conformidad con | la Ley 16/1989, de 17 de julio |
| De conformidad con | Reglamento (CE) 1/2003, de 16 de diciembre de 2002 |
| Deroga | Real Decreto 295/1998, de 27 de febrero |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 2295/2004?
- Real Decreto 2295/2004 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 2295/2004?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 2295/2004?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.