Artículo 3. Atribución de competencias de información.
Artículo 3 del Real Decreto 2295/2004, de 10 de diciembre, relativo a la aplicación en España de las normas comunitarias de competencia. · BOE-A-2004-21496
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-12-24.
Texto consolidado
El Tribunal y el Servicio de Defensa de la Competencia, en el ámbito de sus respectivas competencias, informarán a la Comisión Europea de acuerdo con lo dispuesto en los apartados 3 y 4 del artículo 11 del Reglamento (CE) n.° 1/2003 del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativo a la aplicación de las normas sobre competencia previstas en los artículos 81 y 82 del Tratado.
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