Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción.
BOE-A-1997-22614 · Boletín Oficial del Estado, 1997-10-25 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 1627/1997 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1627/1997
- Fecha de la disposición
- 1997-10-24
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 256, 1997-10-25
- Entrada en vigor
- 1997-12-25
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 25
- Identificador BOE
- BOE-A-1997-22614
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, es la norma legal por la que se determina el cuerpo básico de garantías y responsabilidades preciso para establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo, en el marco de una política coherente, coordinada y eficaz.
De acuerdo con el artículo 6 de dicha Ley, serán las normas reglamentarias las que fijarán y concretarán los aspectos más técnicos de las medidas preventivas, a través de normas mínimas que garanticen la adecuada protección de los trabajadores. Entre éstas se encuentran necesariamente las destinadas a garantizar la salud y la seguridad en las obras de construcción.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Designación de los coordinadores en materia de seguridad y salud.
- Artículo 4. Obligatoriedad del estudio de seguridad y salud o del estudio básico de seguridad y salud en las obras.
- Artículo 5. Estudio de seguridad y salud.
- Artículo 6. Estudio básico de seguridad y salud.
- Artículo 7. Plan de seguridad y salud en el trabajo.
- Artículo 8. Principios generales aplicables al proyecto de obra.
- Artículo 9. Obligaciones del coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra.
- Artículo 10. Principios generales aplicables durante la ejecución de la obra.
- Artículo 11. Obligaciones de los contratistas y subcontratistas.
- Artículo 12. Obligaciones de los trabajadores autónomos.
- Artículo 13. Libro de incidencias.
- Artículo 14. Paralización de los trabajos.
- Artículo 15. Información a los trabajadores.
- Artículo 16. Consulta y participación de los trabaja dores.
- Artículo 17. Visado de proyectos.
- Artículo 18. Aviso previo.
- Artículo 19. Información a la autoridad laboral.
- Disposición adicional única. Presencia de recursos preventivos en obras de construcción.
- Disposición transitoria única. Régimen aplicable a las obras con proyecto visado.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Guía técnica.
- Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (4)
Normas a las que afecta (9)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1627/1997?
- Real Decreto 1627/1997 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1627/1997?
- El BOE registra 4 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1627/1997?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.