Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
BOE-A-1997-12735 · Boletín Oficial del Estado, 1997-06-12 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 773/1997 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 773/1997
- Fecha de la disposición
- 1997-05-30
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 140, 1997-06-12
- Entrada en vigor
- 1997-08-12
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 14
- Identificador BOE
- BOE-A-1997-12735
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, determina el cuerpo básico de garantías y responsabilidades preciso para establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo, en el marco de una política coherente, coordinada y eficaz. Según el artículo 6 de la misma serán las normas reglamentarias las que irán fijando y concretando los aspectos más técnicos de las medidas preventivas.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definición de «equipo de protección individual».
- Artículo 3. Obligaciones generales del empresario.
- Artículo 4. Criterios para el empleo de los equipos de protección individual.
- Artículo 5. Condiciones que deben reunir los equipos de protección individual.
- Artículo 6. Elección de los equipos de protección individual.
- Artículo 7. Utilización y mantenimiento de los equipos de protección individual.
- Artículo 8. Obligaciones en materia de información y formación.
- Artículo 9. Consulta y participación de los trabajadores.
- Artículo 10. Obligaciones de los trabajadores.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Guía técnica.
- Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de erratas | en BOE núm. 171, de 18 de julio de 1997 |
| Se modifica | los arts. 2.3, 6.1, la disposición final 2, los anexos I a III y SE SUPRIME el IV, por Real Decreto 1076/2021, de 7 de diciembre |
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 773/1997?
- Real Decreto 773/1997 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 773/1997?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 773/1997?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.