Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.
BOE-A-2008-14914 · Boletín Oficial del Estado, 2008-09-13 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 1432/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
Esta norma regula las medidas técnicas para proteger a las aves de la electrocución y colisión en líneas eléctricas de alta tensión en España. Aplica a todas las líneas eléctricas aéreas de alta tensión con conductores desnudos, tanto nuevas como existentes en zonas de protección, desde su entrada en vigor el 30 de agosto de 2008.
Los puntos clave de esta normativa incluyen la obligación de implementar medidas de prevención contra la electrocución, como el uso de aisladores y la correcta disposición de los apoyos, así como la instalación de dispositivos salvapájaros para evitar colisiones. Además, se prohíben los trabajos de mantenimiento en áreas donde nidifiquen aves protegidas durante su época de reproducción, salvo en casos de emergencia. También establece un régimen sancionador para las infracciones relacionadas con estas disposiciones. Por último, esta norma deroga el Real Decreto 263/2008, de 22 de febrero, que anteriormente regulaba aspectos similares.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1432/2008
- Fecha de la disposición
- 2008-08-29
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 222, 2008-09-13
- Entrada en vigor
- 2008-09-14
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 15
- Identificador BOE
- BOE-A-2008-14914
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La creciente demanda de energía eléctrica exige el incremento del número de líneas y tendidos eléctricos instalados en el medio natural que, por falta de una normativa específica, carecen de los necesarios elementos o de las adecuadas medidas protectoras que aseguren su inocuidad para las aves, con el subsiguiente riesgo de electrocución o de colisión de éstas en dichas infraestructuras, sobre todo para algunas especies incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, regulado en el artículo 55 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación.
- Artículo 4. Zonas de protección.
- Artículo 5. Prescripciones técnicas para las líneas eléctricas.
- Artículo 6. Medidas de prevención contra la electrocución.
- Artículo 7. Medidas de prevención contra la colisión.
- Artículo 8. Contenido de los proyectos.
- Artículo 9. Mantenimiento de las líneas eléctricas.
- Artículo 10. Régimen sancionador.
- Disposición adicional única. Plan de inversiones a la adaptación de líneas eléctricas.
- Disposición transitoria única. Adaptación de líneas eléctricas aéreas de alta tensión.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Títulos competenciales.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico. |
| De conformidad con | Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. |
| Deroga | el Real Decreto 263/2008, de 22 de febrero |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1432/2008?
- Real Decreto 1432/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1432/2008?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.