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Real Decreto 126/2007, de 2 de febrero, por el que se regulan la composición, funcionamiento y atribuciones de los comités de autoridades competentes de las demarcaciones hidrográficas con cuencas intercomunitarias.

BOE-A-2007-2297 · Boletín Oficial del Estado, 2007-02-03 · Ministerio de Medio Ambiente

Real Decreto 126/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.

Resumen

Esta norma regula la composición, funcionamiento y atribuciones de los Comités de Autoridades Competentes en demarcaciones hidrográficas con cuencas intercomunitarias. Aplica a las administraciones públicas de las comunidades autónomas y del Estado en estas demarcaciones desde su entrada en vigor el 3 de febrero de 2007.

Los puntos clave incluyen la creación de estos comités como órganos de cooperación para asegurar la protección de las aguas, donde el presidente será el del Organismo de cuenca y contará con vocales designados por diferentes administraciones. Se establece que el comité debe reunirse al menos dos veces al año y tiene como funciones principales fomentar la cooperación entre administraciones, impulsar medidas de protección de aguas y proporcionar información a la Unión Europea. Además, se prevé que el Ministerio de Medio Ambiente facilite la constitución de estos comités en un plazo de tres meses desde la publicación del decreto. Esta norma no está derogada.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 126/2007
Fecha de la disposición
2007-02-02
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 30, 2007-02-03
Entrada en vigor
2007-02-04
Departamento
Ministerio de Medio Ambiente
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-19
Artículos
10
Identificador BOE
BOE-A-2007-2297
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

El artículo 36 bis del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, dispone la existencia en el caso de las demarcaciones hidrográficas con cuencas intercomunitarias, de un órgano de cooperación denominado Comité de Autoridades Competentes. Determinadas por el Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero, las demarcaciones hidrográficas tal y como dispone el artículo 16 bis 5 del citado texto refundido, se debe proceder a regular la composición, funcionamiento y atribuciones de los Comités de Autoridades Competentes a los efectos de posibilitar su funcionamiento efectivo.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (1)

Normas a las que afecta (2)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 126/2007?
Real Decreto 126/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 126/2007?
El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 126/2007?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.