Real Decreto 1179/2018, de 21 de septiembre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas.
BOE-A-2018-12836 · Boletín Oficial del Estado, 2018-09-22 · Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Real Decreto 1179/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-01-02.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1179/2018
- Fecha de la disposición
- 2018-09-21
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 230, 2018-09-22
- Entrada en vigor
- 2018-09-23
- Departamento
- Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-01-02
- Artículos
- 45
- Identificador BOE
- BOE-A-2018-12836
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La regulación esencial específica del sector de frutas y hortalizas dentro de la Organización común de los mercados agrícolas se encuentra en los artículos 32 y siguientes del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.º 922/72, (CEE) n.º 234/79, (CE) n.º 1037/2001 y (CE) n.º 1234/2007, y en el Reglamento (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.º 352/78, (CE) n.º 165/94, (CE) n.º 2799/98, (CE) n.º 814/2000, (CE) n.º 1290/2005 y (CE) n.º 485/2008 del Consejo.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones y empleo de términos.
- Artículo 3. Cálculo.
- Artículo 4. Período de referencia.
- Artículo 5. Gestión.
- Artículo 6. Constitución y financiación.
- Artículo 7. Información y documentación a presentar anualmente.
- Artículo 8. Presentación.
- Artículo 9. Formato y contenido.
- Artículo 10. Relación con los programas de desarrollo rural.
- Artículo 11. Financiación de retiradas y de operaciones de cosecha en verde y no cosecha.
- Artículo 12. Condiciones de aplicación de la ayuda para paliar los costes administrativos derivados de la constitución de fondos mutuales y para la reposición de los mismos.
- Artículo 13. Periodo de mantenimiento de las inversiones de los programas operativos, y financiación de las mismas en más de una anualidad.
- Artículo 14. Programas operativos presentados por organizaciones de productores resultantes de una fusión.
- Artículo 14 bis. Normas específicas para los eco regímenes.
- Artículo 15. Modificaciones de los programas operativos relativas a anualidades no comenzadas.
- Artículo 16. Modificaciones de los programas operativos durante la anualidad en curso.
- Artículo 17. Decisión sobre las modificaciones de los programas operativos recogidas en los artículos 15 y 16.
- Artículo 18. Recuperación de las inversiones, o su valor residual, realizadas en las instalaciones de miembros productores que causen baja en las organizaciones de productores.
- Artículo 19. Presentación.
- Artículo 20. Financiación.
- Artículo 21. Modificaciones de los programas operativos parciales.
- Artículo 22. Decisión por parte del órgano competente sobre los programas operativos parciales y sus modificaciones.
- Artículo 23. Solicitud de la ayuda en caso de programas operativos parciales.
- Artículo 24. Solicitudes de ayuda.
- Artículo 25. Cuenta justificativa.
- Artículo 26. Controles.
- Artículo 27. Programas operativos de organizaciones transnacionales de productores y asociaciones transnacionales de organizaciones de productores.
- Artículo 28. Coordinación en la aprobación y control de los programas operativos y sus modificaciones en caso de organizaciones de productores o asociaciones de organizaciones d…
- Artículo 29. Comunicaciones de las comunidades autónomas relativas a la aprobación anual de los fondos operativos.
- Artículo 30. Comunicaciones y notificaciones de las comunidades autónomas relativas a la medida de prevención y gestión de crisis.
- Artículo 31. Comunicaciones de las organizaciones de productores relativas a los indicadores de los programas operativos.
- Disposición adicional única. Reglas especiales para 2020.
- Disposición adicional primera. Reglas especiales para 2020.
- Disposición adicional segunda. Reglas especiales para 2022.
- Disposición transitoria primera. Programas operativos aprobados en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 543/2011.
- Disposición transitoria segunda. Programas operativos aprobados en virtud del Reglamento Delegado (UE) n.º 2017/891.
- Disposición transitoria tercera. Plazos relativos a la anualidad 2019 de los fondos y programas operativos.
- Disposición transitoria cuarta. Limitaciones porcentuales de las medidas de los programas operativos durante la anualidad 2020 de los programas operativos.
- Disposición transitoria quinta. Aplicación de los nuevos importes de ayuda de los anexos V y VI del presente real decreto para las organizaciones de productores no adaptadas a l…
- Disposición transitoria sexta. Adaptación de determinados plazos para el año 2024.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Facultad de modificación.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor y aplicación.
Normas que la modifican o afectan (10)
Normas a las que afecta (4)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | el Reglamento (UE) 1308/2013, de 17 de diciembre |
| De conformidad con | el Reglamento (UE) 2017/2393, de 13 de diciembre |
| De conformidad con | el Reglamento (UE) 2018/1145, de 7 de junio |
| Deroga | Real Decreto 533/2017, de 26 de mayo, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores del sector de frutas y hor… |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1179/2018?
- Real Decreto 1179/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-01-02.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1179/2018?
- El BOE registra 10 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1179/2018?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.