Orden TED/815/2023, de 18 de julio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, por el que se establece un Sistema de Certificados de Ahorro Energético.
BOE-A-2023-16734 · Boletín Oficial del Estado, 2023-07-20 · Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Orden TED/815/2023 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Resumen
Esta norma regula el desarrollo del Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE) establecido por el Real Decreto 36/2023, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones de ahorro energético de ciertas empresas. Aplica a empresas comercializadoras de gas y electricidad, operadores de productos petrolíferos y gases licuados, así como a entidades acreditadas como sujetos delegados y verificadores de ahorro energético.
Entre los puntos clave, se establece que los sujetos delegados pueden asumir parte de las obligaciones de ahorro energético de los sujetos obligados mediante la firma de contratos de delegación. Estos sujetos deben cumplir requisitos técnicos, legales y económicos para ser acreditados. Además, la norma detalla el procedimiento para la emisión de los CAE, que deben ser verificados por entidades acreditadas, y regula la gestión del Registro Nacional de CAE, donde se inscriben estos certificados. También se especifican las condiciones de validez y cancelación de los CAE, así como la obligación de los sujetos de mantener actualizada la información relacionada con su acreditación.
No se menciona que esta norma esté derogada o anulada.
Datos clave
- Rango
- Orden TED/815/2023
- Fecha de la disposición
- 2023-07-18
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 172, 2023-07-20
- Entrada en vigor
- 2023-07-21
- Departamento
- Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 32
- Identificador BOE
- BOE-A-2023-16734
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y finalidad.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Sujeto delegado.
- Artículo 4. Acreditación como sujeto delegado.
- Artículo 5. Capacidad legal del sujeto delegado.
- Artículo 6. Capacidad técnica del sujeto delegado.
- Artículo 7. Capacidad económico-financiera del sujeto delegado.
- Artículo 8. Justificación del cumplimiento de los requisitos para la acreditación como sujeto delegado.
- Artículo 9. Resolución de la acreditación como sujeto delegado.
- Artículo 10. Contrato de delegación.
- Artículo 11. Convenio CAE.
- Artículo 12. Verificadores de ahorro energético.
- Artículo 13. Verificación de los ahorros anuales de energía.
- Artículo 14. Solicitud de emisión de Certificados de Ahorro Energético.
- Artículo 15. Validación del expediente y emisión de Certificados de Ahorro Energético.
- Artículo 16. Identificación y contenido de los Certificados de Ahorro Energético.
- Artículo 17. Validez de los Certificados de Ahorro Energético.
- Artículo 18. Gestión del Registro Nacional de Certificados de Ahorro Energético.
- Artículo 19. Organización del Registro Nacional de Certificados de Ahorro Energético.
- Artículo 20. Inscripción de un Certificado de Ahorro Energético en el Registro Nacional.
- Artículo 21. Cancelación de la Inscripción de un Certificado de Ahorro Energético en el Registro Nacional.
- Artículo 22. Listados de agentes del Sistema de Certificados de Ahorro Energético.
- Artículo 23. Justificación de la realización de actuaciones singulares.
- Artículo 24. Consulta voluntaria previa a la realización de actuaciones singulares.
- Artículo 25. Documentación necesaria para la solicitud de emisión de Certificados de Ahorro Energético en actuaciones singulares.
- Artículo 26. Cálculo del ahorro de energía final resultante de actuaciones singulares.
- Disposición adicional primera. Designación del Gestor Autonómico.
- Disposición adicional segunda. Trámites en el ámbito del Sistema de CAE.
- Disposición transitoria primera. Trámites hasta la puesta en funcionamiento de la plataforma electrónica.
- Disposición transitoria segunda. Acreditación como verificador de ahorro energético.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (1)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden TED/815/2023?
- Orden TED/815/2023 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden TED/815/2023?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.