Orden PCM/641/2021, de 21 de junio, por la que se fijan las indemnizaciones que correspondan a las personas que sufran accidentes al colaborar en los trabajos de extinción de incendios forestales.
BOE-A-2021-10417 · Boletín Oficial del Estado, 2021-06-23 · Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Orden PCM/641/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Resumen
Esta norma regula las indemnizaciones para las personas que sufren accidentes al colaborar en la extinción de incendios forestales. Se aplica a todos los ciudadanos que participen en estas labores en territorio nacional y a aquellos que sean enviados desde España a países limítrofes, como Portugal, Andorra, Francia y Marruecos, y entró en vigor el 1 de julio de 2021.
Los puntos clave de esta orden incluyen la actualización de las cuantías indemnizatorias, que se incrementan en un 72,6% respecto a las anteriores, garantizando así una cobertura acorde con el coste de la vida. Además, se amplían los supuestos de indemnización y se establece que estas indemnizaciones son compatibles con otros seguros que puedan tener las comunidades autónomas, entidades locales o el propio accidentado. Por último, se deroga la anterior Orden de 3 de agosto de 2001, que regulaba estas indemnizaciones, asegurando así que las nuevas condiciones sean las que se apliquen en caso de accidente.
Datos clave
- Rango
- Orden PCM/641/2021
- Fecha de la disposición
- 2021-06-21
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 149, 2021-06-23
- Entrada en vigor
- 2021-07-01
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 8
- Identificador BOE
- BOE-A-2021-10417
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 81/1968, de 5 de diciembre, sobre Incendios Forestales establecía en su artículo 18 la creación de un Fondo de Compensación de Incendios Forestales, mediante el cual se garantizan, entre otras, indemnizaciones por los accidentes ocasionados a las personas que hayan colaborado en trabajos de extinción de incendios forestales.
Estas indemnizaciones comprenden tanto el abono por muerte o incapacidades, como la asistencia médica y hospitalaria de las lesiones hasta su total curación.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y finalidad.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Tarifas de primas.
- Artículo 4. Cuantía de las indemnizaciones.
- Artículo 5. Compatibilidad con otros seguros.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (3)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden PCM/641/2021?
- Orden PCM/641/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden PCM/641/2021?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.