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Orden Vigente

Artículo 3. Tarifas de primas.

Artículo 3 de la Orden PCM/641/2021, de 21 de junio, por la que se fijan las indemnizaciones que correspondan a las personas que sufran accidentes al colaborar en los trabajos de extinción de incendios forestales. · BOE-A-2021-10417

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-07-01.

Texto consolidado

Las tarifas de primas a aplicar por el Consorcio de Compensación de Seguros para la cobertura de dichos riesgos serán las la que apruebe su Consejo de Administración, conforme prevé el artículo 5.1.g) del texto refundido del Estatuto Legal del Consorcio de Compensación de Seguros, aprobado por el Real Decreto Legislativo 7/2004, de 29 de octubre, correspondiendo la condición de tomador del seguro, y teniendo que hacer frente al pago de la prima, a la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-07-01.

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