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Orden Vigente

Artículo 5. Compatibilidad con otros seguros.

Artículo 5 de la Orden PCM/641/2021, de 21 de junio, por la que se fijan las indemnizaciones que correspondan a las personas que sufran accidentes al colaborar en los trabajos de extinción de incendios forestales. · BOE-A-2021-10417

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-07-01.

Texto consolidado

La indemnización por este seguro será compatible con cualesquiera otros que puedan haber contratado las comunidades autónomas, los ayuntamientos, otras entidades locales, las empresas de servicios de extinción de incendios forestales o el accidentado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-07-01.

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