Orden EFP/748/2020, de 29 de julio, por la que se adoptan medidas excepcionales para la flexibilización de la impartición de certificados de profesionalidad.
BOE-A-2020-8961 · Boletín Oficial del Estado, 2020-08-01 · Ministerio de Educación y Formación Profesional
Orden EFP/748/2020 sigue formalmente vigente, pero su vigencia está agotada: sus efectos ya se han consumido (caso típico de leyes de presupuestos de ejercicios pasados).
Datos clave
- Rango
- Orden EFP/748/2020
- Fecha de la disposición
- 2020-07-29
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 208, 2020-08-01
- Entrada en vigor
- 2020-08-02
- Departamento
- Ministerio de Educación y Formación Profesional
- Estado
- Vigencia agotada
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 11
- Identificador BOE
- BOE-A-2020-8961
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud declara pandemia internacional la situación de emergencia ocasionada por la propagación de la COVID-19. La situación de emergencia de salud pública ocasionada constituye una crisis sanitaria sin precedentes y de enorme magnitud, tanto por el muy elevado número de ciudadanos afectados, como por el extraordinario riesgo para el ejercicio efectivo de sus derechos. Dada la especial incidencia de la pandemia en España, el Gobierno ha dictado el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. En esta norma, que ha tenido sucesivas prórrogas autorizadas por el Congreso de los Diputados, se contemplan una serie de medidas dirigidas a proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad y…
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Medidas para flexibilizar la impartición de certificados de profesionalidad en la modalidad presencial.
- Artículo 3. Utilización de aula virtual como formación presencial.
- Artículo 4. Medidas para flexibilizar la impartición de certificados de profesionalidad en modalidad de teleformación.
- Artículo 5. Medidas para la realización efectiva del módulo de formación práctica en centros de trabajo.
- Artículo 6. Costes.
- Artículo 7. Seguimiento y control.
- Disposición adicional única. Normativa aplicable para el proceso de recuperación de la actividad formativa presencial.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden EFP/748/2020?
- Orden EFP/748/2020 sigue formalmente vigente, pero su vigencia está agotada: sus efectos ya se han consumido (caso típico de leyes de presupuestos de ejercicios pasados).
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden EFP/748/2020?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.