Disposición adicional única. Normativa aplicable para el proceso de recuperación de la actividad formativa presencial.
Disposición adicional única de la Orden EFP/748/2020, de 29 de julio, por la que se adoptan medidas excepcionales para la flexibilización de la impartición de certificados de profesionalidad. · BOE-A-2020-8961
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-08-02.
Texto consolidado
Todas las actuaciones que realicen las entidades de formación para impartir la formación de certificados de profesionalidad, de acuerdo a lo previsto en la presente orden, habrán de adecuarse a las normas en el orden sanitario que puedan dictarse por las administraciones competentes y que regulen aspectos de prestación de servicios o actividades educativas y formativas.