Orden AAA/1505/2014, de 31 de julio, por la que regula la pesquería de arrastre de fondo, en aguas de la subzona IX del Consejo Internacional de Exploración del Mar sometidas a la soberanía o jurisdicción de Portugal.
BOE-A-2014-8646 · Boletín Oficial del Estado, 2014-08-11 · Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Orden AAA/1505/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Orden AAA/1505/2014
- Fecha de la disposición
- 2014-07-31
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 194, 2014-08-11
- Entrada en vigor
- 2014-08-12
- Departamento
- Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 18
- Identificador BOE
- BOE-A-2014-8646
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Reglamento (CE) número 1380/20123 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, sobre la Política Pesquera Común, por el que se modifican los Reglamentos (CE) número 1954/2003 y (CE) número 1224/2009 del Consejo, y se derogan los Reglamentos (CE) número 2371/2002 y (CE) número 639/2004 del Consejo y la Decisión 2004/5857CE del Consejo, tiene como objetivo fundamental garantizar que las actividades de la pesca sean sostenibles ambientalmente a largo plazo y se gestionen de forma coherente con los objetivos de generar beneficios económicos, sociales y de empleo, y de contribuir a la disponibilidad de productos alimenticios.
En particular, sus artículos 16 y 17 hacen referencia a las asignaciones de posibilidades de pesca a los Estados miembros y la posibilidad de que éstos las asignen igualmente a los buques que enarbolen su pabellón.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Censo de buques.
- Artículo 3. Lista nominativa de buques.
- Artículo 4. Distribución de las posibilidades de pesca.
- Artículo 5. Distribución esfuerzo pesquero.
- Artículo 6. Gestión de las posibilidades de pesca repartidas individualmente.
- Artículo 7. Transmisiones temporales de posibilidades de pesca.
- Artículo 8. Transmisiones definitivas de posibilidades de pesca entre buques de arrastre de fondo en aguas de la subzona 9 del Consejo Internacional de Exploración del Mar, some…
- Artículo 8 bis. Intercambio de cuotas con otros Estados miembros.
- Artículo 9. Seguimiento y control de las cuotas y esfuerzo pesquero.
- Artículo 10. Cambio de caladero.
- Artículo 11. Sustitución de buques en el censo.
- Artículo 12. Normas para el ejercicio de la actividad.
- Artículo 13. Especies que pueden ser capturadas.
- Artículo 14. Infracciones y sanciones.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (6)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Reglamento (CE) 2166/2005, de 20 de diciembre |
| Cita | Reglamento (UE) 1380/2013, de 11 de diciembre |
| De conformidad con | Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado. |
| Deroga | Orden APA/6/2004, de 12 de enero |
| Deroga | Anexo V de la Orden AAA/627/2013, de 15 de abril |
| Deroga | Anexo VI de la Orden AAA/1307/2013, de 1 de julio |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden AAA/1505/2014?
- Orden AAA/1505/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden AAA/1505/2014?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden AAA/1505/2014?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.