Ley 7/2010, de 18 de noviembre, de protección contra la contaminación acústica de Aragón.
BOE-A-2011-399 · Boletín Oficial del Estado, 2011-01-08 · Comunidad Autónoma de Aragón
Ley 7/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 7/2010
- Fecha de la disposición
- 2010-11-18
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 7, 2011-01-08
- Entrada en vigor
- 2011-03-03
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Aragón
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 66
- Identificador BOE
- BOE-A-2011-399
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Estatuto de Autonomía de Aragón.
PREÁMBULO
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y finalidad.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Artículo 5. Competencias de los municipios.
- Artículo 6. Competencias de las comarcas.
- Artículo 7. Ordenanzas municipales.
- Artículo 8. Delegación de competencias.
- Artículo 9. Encomienda de gestión u otras fórmulas de colaboración.
- Artículo 10. Información.
- Artículo 11. Tipos de áreas acústicas.
- Artículo 12. Índices acústicos.
- Artículo 13. Métodos de evaluación e instrumentos de medida.
- Artículo 14. Valores límite de ruido y vibraciones.
- Artículo 15. Emisores acústicos.
- Artículo 16. Objetivos de calidad acústica.
- Artículo 17. Suspensión provisional de los objetivos de calidad acústica.
- Artículo 18. Zonas de servidumbre acústica.
- Artículo 19. Servidumbres acústicas de infraestructuras estatales.
- Artículo 20. Mapas de ruido.
- Artículo 21. Requisitos mínimos de los mapas de ruido.
- Artículo 22. Revisión de los mapas de ruido.
- Artículo 23. Sensibilización y formación.
- Artículo 24. Planificación y ordenación territorial.
- Artículo 25. Paisajes sonoros protegidos.
- Artículo 26. Medidas generales de prevención de la contaminación acústica.
- Artículo 27. Evaluación acústica.
- Artículo 28. Programas de corrección acústica.
- Artículo 29. Infraestructuras de nueva construcción.
- Artículo 30. Infraestructuras existentes.
- Artículo 31. Disposiciones generales.
- Artículo 32. Calidad acústica en la edificación.
- Artículo 33. Disposiciones generales.
- Artículo 34. Fines y contenido de los planes.
- Artículo 35. Revisión de los planes de acción.
- Artículo 36. Coordinación de actuaciones en la elaboración de mapas de ruido y planes de acción.
- Artículo 37. Zonas de protección acústica especial.
- Artículo 38. Zonas de situación acústica especial.
- Artículo 39. Zonas saturadas.
- Artículo 40. Las entidades de evaluación acústica.
- Artículo 41. Inspección.
- Artículo 42. Ejercicio de la actividad de inspección.
- Artículo 43. Clasificación de las infracciones.
- Artículo 44. Sanciones.
- Artículo 45. Criterios de graduación de las sanciones.
- Artículo 46. Personas responsables.
- Artículo 47. Prescripción de infracciones y sanciones.
- Artículo 48. Tratamiento de las infracciones en las ordenanzas municipales.
- Artículo 49. Potestad sancionadora.
- Artículo 50. Procedimiento sancionador.
- Artículo 51. Vinculación con el orden jurisdiccional penal.
- Artículo 52. Medidas provisionales.
- Artículo 53. Multas coercitivas.
- Disposición adicional primera. Instrumentos económicos.
- Disposición adicional segunda. Contratación pública.
- Disposición adicional tercera. Ordenanza municipal tipo en materia de contaminación acústica.
- Disposición adicional cuarta. Personal inspector.
- Disposición adicional quinta. Consejo Asesor.
- Disposición transitoria primera. Ordenanzas municipales e instrumentos de planificación urbanística.
- Disposición transitoria segunda. Adaptación de actividades e instalaciones existentes.
- Disposición transitoria tercera. Competencias comarcales.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Deslegalización.
- Disposición final tercera. Recursos económicos
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 7/2010?
- Ley 7/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 7/2010?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.