Ley 21/1971, de 19 de junio, sobre el aprovechamiento conjunto Tajo-Segura.
BOE-A-1971-778 · Boletín Oficial del Estado, 1971-06-22 · Jefatura del Estado
Ley 21/1971 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
Resumen
La Ley 21/1971, de 19 de junio, regula el aprovechamiento conjunto de los recursos hidráulicos del Tajo y del Segura, estableciendo un marco para el trasvase de agua entre estas cuencas. Esta norma aplica a los usuarios de las cuencas del Tajo y del Segura desde su promulgación en 1971.
Entre los puntos clave, la ley establece que se podrá trasvasar un máximo de 600 millones de metros cúbicos de agua del Tajo al Segura, con posibilidad de aumentar esta cantidad a 1.000 millones tras la realización de obras de regulación necesarias. Además, se crea un régimen estricto para la utilización del embalse de Alarcón, que incluye la supervisión de una Comisión de Desembalses para gestionar entradas y salidas de agua. También se contempla la programación de diversas obras hidráulicas y de saneamiento en las áreas afectadas, las cuales deben ser ejecutadas por los Ministerios de Obras Públicas y Agricultura. Finalmente, los gastos derivados de estas obras se financiarán a través de los créditos de los Planes de Desarrollo Económico y Social.
Cabe destacar que esta ley fue derogada en lo que respecta a la utilización del embalse de Alarcón por la Ley 10/2001, de 5 de julio.
Datos clave
- Rango
- Ley 21/1971
- Fecha de la disposición
- 1971-06-19
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 148, 1971-06-22
- Entrada en vigor
- 1971-07-12
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-16
- Artículos
- 5
- Identificador BOE
- BOE-A-1971-778
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El artículo diecisiete de la Ley uno/mil novecientos sesenta y nueve, de once de febrero, de aprobación del II Plan de Desarrollo Económico y Social, ordena la regulación, mediante Ley, del sistema hidráulico Tajo-Segura.
En primer lugar y para mayor garantía de los distintos usuarios de la cuenta del Tajo, que no han de ver mermadas sus posibilidades de desarrollo por escasez de recursos hidráulicos, como consecuencia del trasvase, debe confirmarse que no podrán superar la cuantía de seiscientos millones de metros cúbicos, hasta que las obras complementarias de regulación de la cabecera del Tajo, previstas en el anteproyecto general del trasvase, garanticen la existencia de excedentes por encima de aquellos seiscientos millones de metros cúbicos.
Índice del articulado
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se dicta en relación | , creando la Comisión Gestora para el desarrollo Socioeconomico de la Region del Centro: la Orden de 31 de julio de 1976 |
| Se deroga | Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional. |
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 21/1971?
- Ley 21/1971 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 21/1971?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 21/1971?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.