Ley 2/2018, de 28 de septiembre, de régimen jurídico de la Inspección Técnica de Vehículos en Canarias.
BOE-A-2018-14948 · Boletín Oficial del Estado, 2018-11-01 · Comunidad Autónoma de Canarias
Ley 2/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Ley 2/2018
- Fecha de la disposición
- 2018-09-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 264, 2018-11-01
- Entrada en vigor
- 2018-10-10
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Canarias
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 20
- Identificador BOE
- BOE-A-2018-14948
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 12.8 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 2/2018, de 28 de septiembre, de Régimen Jurídico de la Inspección Técnica de Vehículos en Canarias.
PREÁMBULO
La competencia relativa a la prestación del servicio de inspección técnica de vehículos (ITV) fue transferida en el año 1984 por el Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias, la cual asumió directamente la construcción y explotación de diversas estaciones de ITV en Tenerife, Gran Canaria, La Palma, Lanzarote y Fuerteventura, además de proveerse de una estación móvil para cubrir el servicio en las islas que no disponían de estación de ITV.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Título habilitante y formas de prestación de la actividad.
- Artículo 3. Regulación de la actividad.
- Artículo 4. Extinción del régimen concesional.
- Artículo 5. Actuaciones relativas a los bienes objeto de reversión y al personal de las estaciones afectadas.
- Artículo 6. Fianzas.
- Artículo 7. Sujetos responsables.
- Artículo 8. Clasificación de las infracciones.
- Artículo 9. Sanciones.
- Artículo 10. Suspensión temporal y retirada de la habilitación.
- Artículo 11. Prescripción.
- Artículo 12. Procedimiento.
- Artículo 13. Competencia para resolver.
- Disposición adicional primera. Asunción de la explotación de las estaciones ITV por la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Disposición adicional segunda. Garantía de la prestación del servicio de ITV en las islas de La Gomera, El Hierro y La Palma.
- Disposición transitoria primera. Finalización de las concesiones.
- Disposición transitoria segunda. Vigencia de las normas anteriores.
- Disposición final primera. Mejora de la dotación de medios técnicos y recursos humanos en las labores de inspección.
- Disposición final segunda. Desarrollo normativo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (3)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 2/2018?
- Ley 2/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 2/2018?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.