Ley 2/1984, de 16 de abril, sobre uso de la Bandera y el Escudo de Aragón.
BOE-A-1984-10265 · Boletín Oficial del Estado, 1984-05-11 · Comunidad Autónoma de Aragón
Ley 2/1984 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
Datos clave
- Rango
- Ley 2/1984
- Fecha de la disposición
- 1984-04-16
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 113, 1984-05-11
- Entrada en vigor
- 1984-05-08
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Aragón
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-16
- Artículos
- 9
- Identificador BOE
- BOE-A-1984-10265
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Presidente de la Diputación General de Aragón
Hago saber que las Cortes de Aragón han aprobado y yo, en nombre del Rey y por la autoridad que me confiere la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley.
El Estatuto de Autonomía de Aragón, en su artículo 3, al definir la Bandera y el Escudo de Aragón, viene a dar reconocimiento legal a los símbolos tradicionales de Aragón de uso secularmente arraigado.
Índice del articulado
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 2/1984?
- Ley 2/1984 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 2/1984?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.