Artículo 1.
Artículo 1 de la Ley 2/1984, de 16 de abril, sobre uso de la Bandera y el Escudo de Aragón. · BOE-A-1984-10265
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-05-08.
Texto consolidado
1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 3 del Estatuto de Autonomía, la Bandera de Aragón es la tradicional de las cuatro barras rojas horizontales sobre fondo amarillo.
2. Las nueve franjas de la Bandera tendrán el mismo tamaño.
3. Las proporciones de la Bandera serán las de una longitud equivalente a tres medios de su anchura.