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Ley 19/1974, de 27 de junio, sobre mejora de Clases Pasivas.

BOE-A-1974-1011 · Boletín Oficial del Estado, 1974-06-29 · Jefatura del Estado

Ley 19/1974 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.

Resumen

La Ley 19/1974, de 27 de junio, regula la mejora de las pensiones de Clases Pasivas para los funcionarios civiles y militares del Estado y sus familias. Esta norma es aplicable desde el 1 de abril de 1974 a todos los beneficiarios de pensiones en el ámbito de Clases Pasivas.

Entre los puntos clave, la ley establece que las pensiones de viudedad y orfandad se incrementan al 30% y 40% del sueldo regulador, respectivamente, lo que representa un aumento significativo respecto a los porcentajes anteriores. Además, se introduce una indemnización única para las familias de funcionarios que fallezcan o se incapaciten en acto de servicio, equivalente a una mensualidad de su sueldo por cada año de servicio. También se fijan mínimos de pensión, garantizando que las pensiones de jubilación y retiro no sean inferiores a 2.500 pesetas mensuales en 1974, con incrementos anuales establecidos. Por último, se derogan disposiciones anteriores sobre dotes por pensiones de orfandad, eliminando privilegios que ya no se justifican socialmente.

La ley no está derogada y sigue vigente en sus efectos, asegurando la protección social de los beneficiarios de las Clases Pasivas.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Ley 19/1974
Fecha de la disposición
1974-06-27
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 155, 1974-06-29
Entrada en vigor
1974-04-01
Departamento
Jefatura del Estado
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-16
Artículos
8
Identificador BOE
BOE-A-1974-1011
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

Una mejora lineal en la cuantía de los derechas pasivos debe servir para elevar el nivel económico general de sus beneficiarios, remediando la erosión sufrida en la capacidad adquisitiva de las pensiones por el transcurso del tiempo, pero nunca superar o dar adecuada respuesta a las mutaciones derivadas de cambios sustanciales producidos en la dinámica social. Por ello, ni las sucesivas leyes de actualización ni las mejoras que, con carácter general, puedan articularse en un próximo futuro, privan de justificación y oportunidad a una disposición legal encaminada a establecer, en forma discriminatoria, nuevos e importantes beneficios en favor de aquellos familiares de los funcionarios civiles y militares del Estado respecto a los que sea natural suponer una mayor y más intima dependencia del causante y, por consecuencia, un mayor desvalimiento al producirse el fallecimiento.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (4)

Normas a las que afecta (4)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Ley 19/1974?
Ley 19/1974 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
¿Qué normas modifican o afectan a Ley 19/1974?
El BOE registra 4 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 19/1974?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.