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Ley 1/1989, de 13 de abril, por la que se modifica la calificación de determinadas infracciones administrativas en materia de caza y pesca fluvial y se elevan las cuantías de las sanciones.

BOE-A-2012-3400 · Boletín Oficial del Estado, 2012-03-10 · Comunidad Autónoma del País Vasco

Ley 1/1989 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.

Resumen

Esta norma regula la modificación de la calificación de infracciones administrativas en materia de caza y pesca fluvial en el País Vasco, así como el aumento de las sanciones correspondientes. Aplica a todos los ciudadanos de Euskadi desde su aprobación el 13 de abril de 1989.

Los puntos clave de la ley incluyen la clasificación de infracciones en muy graves, graves y leves, cada una con sanciones económicas específicas que van desde 10.000 hasta 500.000 pesetas. Se establecen obligaciones como respetar los caudales mínimos de agua, no utilizar métodos de pesca prohibidos y obtener las licencias necesarias. Además, se prevé la actualización anual de las sanciones según el índice de precios al consumo, garantizando que se mantengan adecuadas a la realidad económica. También se establece que el Gobierno Vasco debe elaborar un estudio cinegético en un plazo de dos años para evaluar la necesidad de una moratoria en caza y pesca. Esta ley no está derogada.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Ley 1/1989
Fecha de la disposición
1989-04-13
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 60, 2012-03-10
Entrada en vigor
1989-06-01
Departamento
Comunidad Autónoma del País Vasco
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-19
Artículos
10
Identificador BOE
BOE-A-2012-3400
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

Se hace saber a todos los ciudadanos de Euskadi que el Parlamento Vasco ha aprobado la siguiente Ley 1/1989, de 13 de abril, por la que se modifica la calificación de determinadas infracciones administrativas en materia de caza y pesca fluvial y se elevan las cuantías de las sanciones.

Por consiguiente, ordeno a todos los ciudadanos de Euskadi, particulares y autoridades que la guarden y hagan guardarla.

Vitoria-Gasteiz, 27 de abril de 1989.–El Lehendakari, José Antonio Ardanza Garro.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (6)

Normas a las que afecta (2)

Normativa relacionada por sector

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Ley 1/1989?
Ley 1/1989 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
¿Qué normas modifican o afectan a Ley 1/1989?
El BOE registra 6 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 1/1989?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.