Instrucción de 4 de junio de 2014, de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones, por la que se establecen determinados procedimientos en el Registro de Entidades Religiosas.
BOE-A-2014-6378 · Boletín Oficial del Estado, 2014-06-16 · Ministerio de Justicia
BOE-A-2014-6378 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
Esta norma regula los procedimientos relacionados con el Registro de Entidades Religiosas en España, estableciendo directrices claras para la inscripción de modificaciones en la representación legal de estas entidades. Aplica a todas las entidades religiosas registradas en el país desde su publicación el 4 de junio de 2014.
Entre los puntos clave, se establece que cualquier modificación en la relación de representantes legales debe ser comunicada al Ministerio de Justicia mediante escritura pública. Además, el acuerdo de nombramiento debe incluir información específica sobre los representantes, como su identificación y la fecha de los acuerdos. Si no se especifica claramente quiénes son los representantes, se requerirá a la entidad que lo aclare. También se menciona que, en caso de impugnaciones judiciales sobre el nombramiento, se deberá hacer constar esta situación en el registro. Por último, las entidades religiosas que pertenezcan a varias federaciones solo podrán registrar una adhesión a efectos de cooperación con el Estado, aunque pueden mantener otras adhesiones según sus normas internas. Esta instrucción no está derogada ni anulada.
Datos clave
- Rango
- Instrucción
- Fecha de la disposición
- 2014-06-04
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 145, 2014-06-16
- Entrada en vigor
- 2014-06-16
- Departamento
- Ministerio de Justicia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 6
- Identificador BOE
- BOE-A-2014-6378
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio, de Libertad Religiosa, dispuso, en su artículo 5, la creación en el Ministerio de Justicia del Registro de Entidades Religiosas que fue objeto de desarrollo reglamentario por el Real Decreto 142/1981, de 9 de enero, sobre Organización y Funcionamiento del Registro de Entidades Religiosas.
Índice del articulado
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-2014-6378?
- BOE-A-2014-6378 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-2014-6378?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.