Cuarto.
Cuarto de la Instrucción de 4 de junio de 2014, de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones, por la que se establecen determinados procedimientos en el Registro de Entidades Religiosas. · BOE-A-2014-6378
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-16.
Texto consolidado
Cuando se acredite ante el Registro de Entidades Religiosas el inicio de acciones judiciales de impugnación del nombramiento o por falsedad en el acta o en la certificación, se hará constar esta circunstancia al margen de la inscripción de los representantes legales de la entidad.