Decreto-ley 8/2020, de 8 de abril, por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes en el ámbito local y se modifica el Decreto-ley 3/2020, de 16 de marzo, de medidas de apoyo financiero y tributario al sector económico, de agilización de actuaciones administrativas y de medidas de emergencia social, para luchar contra los efectos de la evolución del coronavirus (COVID-19).
BOJA-b-2020-90100 · Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, 2020-04-09 · Comunidad Autónoma de Andalucía
Decreto-ley 8/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-11-25.
Datos clave
- Rango
- Decreto-ley 8/2020
- Fecha de la disposición
- 2020-04-08
- Publicación
- Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 14, 2020-04-09
- Entrada en vigor
- 2020-04-09
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Andalucía
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-11-25
- Artículos
- 18
- Identificador BOE
- BOJA-b-2020-90100
- Texto consolidado
- boe.es
De qué trata esta norma
I
El 30 de enero de 2020, la Organización Mundial de la Salud declaró el brote del coronavirus COVID-19 como una Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII), ya que su propagación internacional supone un riesgo para la salud pública de los países y exige una respuesta internacional coordinada. En su declaración, el Comité de Emergencias instó a los países a estar preparados para contener la enfermedad pues todavía es posible interrumpir la propagación del virus, siempre que se adopten medidas firmes para detectar la enfermedad de manera precoz, aislar y tratar los casos, hacer seguimiento de los contactos y promover medidas de distanciamiento social acordes con el riesgo.
Índice del articulado
- Artículo 1. Programa andaluz de colaboración financiera específica extraordinaria con las Entidades Locales andaluzas con población igual o inferior a 1.500 habitantes.
- Artículo 2. Conceptos financiables.
- Artículo 3. Distribución por entidades locales.
- Artículo 4. Aceptaciones de financiación y transferencias de fondos.
- Artículo 5. Presentación de la documentación relativa a las actuaciones.
- Artículo 6. Validación de las actuaciones.
- Artículo 7. Gestión de los fondos.
- Artículo 8. Justificación.
- Artículo 9. Verificación de la aplicación de los recursos.
- Artículo 10. Reintegro.
- Disposición adicional primera. Información al Consejo Andaluz de Gobiernos Locales.
- Disposición adicional segunda. No aplicación de la suspensión de los plazos administrativos prevista en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado…
- Disposición adicional tercera. Medidas en materia de designación de representantes de la Intervención General de la Junta de Andalucía a los actos formales de recepción de los c…
- Disposición transitoria única. Procedimientos iniciados con anterioridad.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Decreto-ley 3/2020, de 16 de marzo, de medidas de apoyo financiero y tributario al sector económico, de agilización de actuaciones ad…
- Disposición final segunda. Desarrollo y ejecución.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor y vigencia.
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se publica acuerdo de convalidación | , por Resolución de 16 de abril de 2020 |
| Se modifica | la disposición final 3, por Decreto-ley 17/2020, de 19 de junio |
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Decreto-ley 8/2020?
- Decreto-ley 8/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-11-25.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Decreto-ley 8/2020?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Decreto-ley 8/2020?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.