Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de urbanismo.
BOE-A-2010-13883 · Boletín Oficial del Estado, 2010-09-08 · Comunidad Autónoma de Cataluña
Decreto Legislativo 1/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-14.
Datos clave
- Rango
- Decreto Legislativo 1/2010
- Fecha de la disposición
- 2010-08-03
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 218, 2010-09-08
- Entrada en vigor
- 2010-08-06
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Cataluña
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-05-14
- Artículos
- 309
- Identificador BOE
- BOE-A-2010-13883
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA
Sea notorio a toda la ciudadanía que el Gobierno ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 67.6.a) del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo el siguiente Decreto legislativo.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo único.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. Alcance de las competencias urbanísticas.
- Artículo 3. Concepto de desarrollo urbanístico sostenible.
- Artículo 4. Participación en las plusvalías.
- Artículo 5. Ejercicio del derecho de propiedad.
- Artículo 6. Inexistencia del derecho a exigir indemnización por la ordenación urbanística de terrenos y construcciones.
- Artículo 7. Reparto equitativo de beneficios y cargas.
- Artículo 8. Publicidad y participación en los procesos de planeamiento y de gestión urbanísticos
- Artículo 8 bis. Eficacia y eficiencia en materia urbanística y publicidad y transparencia de la información urbanística.
- Artículo 9. Directrices para el planeamiento urbanístico.
- Artículo 9 bis. Normas de aplicación directa sobre instalaciones para el aprovechamiento de energías renovables, instalaciones de almacenaje mediante baterías, cargadores de veh…
- Artículo 10. Reglas de interpretación del planeamiento urbanístico.
- Artículo 11. Nulidad de las reservas de dispensación.
- Artículo 12. Acción pública.
- Artículo 13. Jerarquía normativa y coherencia del planeamiento urbanístico.
- Artículo 14. Ejercicio de las competencias urbanísticas.
- Artículo 15. Actuación de la Administración de la Generalidad hacia los entes locales.
- Artículo 16. Órganos competentes de la Generalidad.
- Artículo 17. Comisión de Territorio de Cataluña.
- Artículo 18. Comisiones territoriales de urbanismo.
- Artículo 19. Subcomisión de Urbanismo del municipio de Barcelona.
- Artículo 20. Dirección General de Urbanismo.
- Artículo 21. Atribuciones de las comisiones territoriales de urbanismo y de la Dirección General de Urbanismo.
- Artículo 22. Entidades urbanísticas especiales.
- Artículo 23. Condición de administración actuante.
- Artículo 24. Régimen urbanístico del suelo.
- Artículo 25. Clasificación del suelo.
- Artículo 26. Concepto de suelo urbano.
- Artículo 27. Servicios urbanísticos básicos.
- Artículo 28. Concepto de núcleo de población.
- Artículo 29. Concepto de solar.
- Artículo 30. Concepto de suelo urbano consolidado.
- Artículo 31. Concepto de suelo urbano no consolidado.
- Artículo 32. Concepto de suelo no urbanizable.
- Artículo 33. Concepto de suelo urbanizable.
- Artículo 34. Sistemas urbanísticos generales y locales.
- Artículo 35. Compatibilidad entre sistemas urbanísticos públicos y calificaciones de aprovechamiento privado.
- Artículo 36. Inclusión de sistemas urbanísticos en sectores o polígonos de actuación.
- Artículo 37. Aprovechamiento urbanístico.
- Artículo 37 bis. El uso de residencia habitual y permanente de personas.
- Artículo 38. Disposiciones generales.
- Artículo 39. Régimen urbanístico del subsuelo.
- Artículo 40. Limitaciones del derecho de aprovechamiento urbanístico.
- Artículo 41. Derecho de edificación en suelo urbano.
- Artículo 42. Derechos y deberes de los propietarios o propietarias de suelo urbano y deberes de los propietarios o propietarias de suelo urbano consolidado.
- Artículo 43. Deber de cesión de suelo con aprovechamiento en suelo urbano no consolidado.
- Artículo 44. Deberes de los propietarios de suelo urbano no consolidado y de suelo urbanizable delimitado.
- Artículo 45. Deber adicional de los propietarios de suelo urbanizable delimitado.
- Artículo 46. Condiciones de la cesión de suelo con aprovechamiento, reglas de emplazamiento y destinación.
- Artículo 47. Régimen de uso del suelo no urbanizable.
- Artículo 48. Procedimiento para la aprobación de proyectos de actuaciones específicas de interés público en suelo no urbanizable.
- Artículo 48 bis. Especificidades de los proyectos de actuación específica relativos a sistemas urbanísticos de servicios técnicos.
- Artículo 49. Procedimiento para la aprobación de determinados proyectos de nuevas actividades y construcciones en suelo no urbanizable.
- Artículo 50. Reconstrucción o rehabilitación de determinadas construcciones en suelo no urbanizable.
- Artículo 50 bis. Obras y división horizontal admitidas en la reconstrucción y rehabilitación de determinadas construcciones en suelo no urbanizable.
- Artículo 51. Directrices para las licencias de edificación en suelo no urbanizable
- Artículo 52. Transformación y régimen de uso del suelo urbanizable.
- Artículo 53. Usos y obras de carácter provisional.
- Artículo 54. Procedimiento para la autorización de usos provisionales del suelo y de obras de carácter provisional.
- Artículo 55. Tipos de planes urbanísticos.
- Artículo 56. Planes directores urbanísticos.
- Artículo 57. Planes de ordenación urbanística municipal
- Artículo 57 bis. Reservas de viviendas por pisos sin división horizontal.
- Artículo 58. Determinaciones de los planes de ordenación urbanística municipal
- Artículo 59. Documentación de los planes de ordenación urbanística municipal.
- Artículo 60. Programas de actuación urbanística municipal.
- Artículo 61. Documentación de los programas de actuación urbanística municipal.
- Artículo 62. Normas de planeamiento urbanístico.
- Artículo 63. Supuestos de suspensión de un plan de ordenación urbanística municipal.
- Artículo 64. Mantenimiento global de las superficies destinadas a cada uno de los sistemas urbanísticos locales.
- Artículo 65. Planes parciales urbanísticos.
- Artículo 66. Documentación de los planes parciales urbanísticos.
- Artículo 67. Planes especiales urbanísticos de desarrollo.
- Artículo 68. Planes especiales urbanísticos autónomos.
- Artículo 69. Determinaciones y documentación de los planes especiales urbanísticos.
- Artículo 70. Planes de mejora urbana.
- Artículo 71. Catálogos de bienes protegidos y ordenanzas municipales.
- Artículo 72. Proyectos de urbanización.
- Artículo 73. Suspensión de tramitaciones y de licencias.
- Artículo 74. Plazo de suspensión de tramitaciones y de licencias.
- Artículo 75. Consulta previa al desarrollo del suelo urbanizable.
- Artículo 76. Formulación de figuras del planeamiento urbanístico general.
- Artículo 77. Formulación de figuras del planeamiento urbanístico plurimunicipal.
- Artículo 78. Formulación del planeamiento urbanístico derivado.
- Artículo 79. Funciones de la Comisión de Territorio de Cataluña.
- Artículo 80. Competencias de las comisiones territoriales de urbanismo.
- Artículo 81. Competencias de los ayuntamientos.
- Artículo 82. Plazos para la formulación de los planes de ordenación urbanística municipal y de los planes urbanísticos derivados.
- Artículo 83. Tramitación de los planes directores urbanísticos.
- Artículo 84. Tramitación de las normas de planeamiento urbanístico.
- Artículo 85. Tramitación de los planes de ordenación urbanística municipal y de los planes urbanísticos derivados.
- Artículo 86. Tramitación de los planes parciales urbanísticos de delimitación.
- Artículo 86 bis. Procedimiento de evaluación ambiental de los instrumentos de planeamiento urbanístico.
- Artículo 87. Informe de las comisiones territoriales de urbanismo en la tramitación del planeamiento urbanístico derivado de aprobación municipal y comarcal.
- Artículo 88. Entrega de la documentación de los planes urbanísticos derivados aprobados por los ayuntamientos.
- Artículo 89. Plazos para la tramitación de los planes urbanísticos derivados y de los proyectos de urbanización.
- Artículo 90. Inactividad municipal y subrogación del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas.
- Artículo 91. Silencio administrativo positivo en la aprobación definitiva de planes urbanísticos y proyectos de urbanización.
- Artículo 92. Tipo de resoluciones definitivas sobre el planeamiento urbanístico.
- Artículo 93. Desarrollo de los sectores urbanísticos en subsectores.
- Artículo 94. Vigencia indefinida del planeamiento urbanístico.
- Artículo 95. Revisión de los planes de ordenación urbanística municipal.
- Artículo 96. Modificación de las figuras del planeamiento urbanístico.
- Artículo 97. Justificación de la modificación de las figuras del planeamiento urbanístico.
- Artículo 98. Modificación de los sistemas urbanísticos de espacios libres, zonas verdes o de equipamientos deportivos.
- Artículo 99. Modificación de las figuras de planeamiento urbanístico general que supongan un incremento del techo edificable, de la densidad del uso residencial o de la intensid…
- Artículo 100. Modificación de las figuras de planeamiento urbanístico que requieren un incremento de las reservas para sistemas urbanísticos.
- Artículo 101. Iniciativa privada en la formulación de planes urbanísticos.
- Artículo 102. Especificidades de los planes urbanísticos derivados de iniciativa privada.
- Artículo 103. Publicidad de los instrumentos de planeamiento y de gestión urbanística.
- Artículo 104. Publicidad y obligaciones de los convenios urbanísticos.
- Artículo 105. Certificados de régimen urbanístico.
- Artículo 106. Ejecutividad y obligatoriedad del planeamiento urbanístico.
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Decreto Legislativo 1/2010?
- Decreto Legislativo 1/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-14.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Decreto Legislativo 1/2010?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.