Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos.
BOE-A-2012-9058 · Boletín Oficial del Estado, 2012-07-06 · Banco de España
Circular 5/2012 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
La Circular 5/2012 del Banco de España regula la transparencia en los servicios bancarios y la responsabilidad en la concesión de préstamos, estableciendo normas para mejorar la relación entre entidades de crédito y sus clientes. Aplica a todas las entidades de crédito que operan en España y a los proveedores de servicios de pago desde su entrada en vigor en 2013.
Entre las obligaciones más relevantes, se destaca que las entidades deben proporcionar información clara y accesible sobre tipos de interés y comisiones aplicadas a sus servicios, lo que incluye la obligación de publicar esta información trimestralmente. Además, deben facilitar a los clientes información precontractual gratuita y suficiente para que puedan tomar decisiones informadas sobre los productos financieros. También se establece la obligación de realizar una evaluación adecuada de la solvencia del cliente antes de conceder préstamos, promoviendo así un "préstamo responsable". Por último, se requiere que las entidades entreguen documentos contractuales claros y legibles, así como resúmenes anuales de los servicios prestados y sus costos.
Esta norma no está derogada y sigue vigente, formando parte del marco regulador de la transparencia y protección del cliente en el ámbito bancario en España.
Datos clave
- Rango
- Circular 5/2012
- Fecha de la disposición
- 2012-06-27
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 161, 2012-07-06
- Entrada en vigor
- 2012-10-06
- Departamento
- Banco de España
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 22
- Identificador BOE
- BOE-A-2012-9058
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El artículo 48.2 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, faculta al ministro de Economía y Hacienda para que, con la finalidad de proteger los legítimos intereses de los clientes de las entidades de crédito, establezca un conjunto de obligaciones específicas aplicables a las relaciones contractuales entre unas y otros y exija la comunicación de las condiciones de ciertas operaciones a las autoridades administrativas encargadas de su control.
Índice del articulado
- Norma primera. Objeto.
- Norma segunda. Ámbito de aplicación.
- Norma tercera. Información pública sobre tipos de interés y comisiones.
- Norma cuarta. Información al público sobre tipos de cambio.
- Norma quinta. Explicaciones adecuadas y deber de diligencia.
- Norma sexta. Informaciones exigibles.
- Norma séptima. Informaciones que se deben resaltar.
- Norma octava. Información contractual. Casos especiales.
- Norma novena. Entrega de documentos contractuales
- Norma décima. Contenido de los contratos.
- Norma undécima. Comunicaciones al cliente.
- Norma duodécima. Políticas y procedimientos de préstamo responsable.
- Norma decimotercera. Tasa anual equivalente y coste o rendimiento efectivo remanente.
- Norma decimocuarta. Tipos de interés oficiales.
- Norma decimoquinta. Índices o tipos de referencia aplicables para el cálculo del valor de mercado en la compensación por riesgo de tipo de interés de los préstamos hipotecarios.
- Norma decimosexta. Información al Banco de España sobre las comisiones y los tipos de interés.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio para la publicación del tipo de rendimiento interno en el mercado secundario de la deuda pública de plazo entre dos y seis a…
- Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio para la publicación del míbor.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (8)
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Circular 5/2012?
- Circular 5/2012 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Circular 5/2012?
- El BOE registra 8 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Circular 5/2012?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.