Acuerdo de 27 de septiembre de 2018, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2018, sobre auxilio judicial internacional y redes de cooperación judicial internacional.
BOE-A-2018-14035 · Boletín Oficial del Estado, 2018-10-15 · Consejo General del Poder Judicial
BOE-A-2018-14035 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Acuerdo
- Fecha de la disposición
- 2018-09-27
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 249, 2018-10-15
- Entrada en vigor
- 2018-10-16
- Departamento
- Consejo General del Poder Judicial
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 22
- Identificador BOE
- BOE-A-2018-14035
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La regulación reglamentaria de la cooperación judicial internacional se caracteriza hoy día por ser dispersa y claramente insuficiente para dar una respuesta satisfactoria a la cada vez más intensa actividad de cooperación judicial internacional española. Aborda tangencialmente esta materia, en primer lugar, el Reglamento 1/2005, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales, cuyo Título IV se refiere a la cooperación jurisdiccional y específicamente el Capítulo II a la internacional. Dentro de éste, la sección 1.ª regula la práctica de actuaciones judiciales en el extranjero, la sección 2.ª el cumplimiento en España de las solicitudes de auxilio judicial procedentes de países extranjeros y la 3.ª la Red Judicial Española de Cooperación Judicial Internacional. En segundo lugar, el Reglamento 2/2010, de 25 de febrero, sobre criterios generales de homogeneización de las…
Índice del articulado
- Artículo 1. Cumplimiento de solicitudes de auxilio judicial procedentes de otros Estados.
- Artículo 2. Actuación del Consejo General del Poder Judicial en apoyo de la emisión y ejecución del auxilio judicial internacional.
- Artículo 3. Prontuario de Auxilio Judicial Internacional.
- Artículo 4. Asistencia en cooperación judicial internacional activa.
- Artículo 5. Asistencia en cooperación judicial internacional pasiva.
- Artículo 6. Práctica de actuaciones procesales en otro Estado y desplazamientos de jueces y magistrados a estos efectos.
- Artículo 7. Estadística judicial, especialización y servicios comunes.
- Artículo 8. Redes en materia internacional del Consejo General del Poder Judicial.
- Artículo 9. Coordinación de las redes con el Servicio de Relaciones Internacionales.
- Artículo 10. Selección y nombramiento de sus miembros.
- Artículo 11. Organización de la Red Judicial Española de Cooperación Judicial Internacional.
- Artículo 12. Funciones de la Red Judicial Española de Cooperación Judicial Internacional.
- Artículo 13. Integración de jueces y magistrados en la Red de Especialistas en Derecho de la Unión Europea.
- Artículo 14. Funciones de los miembros de la Red de Especialistas en Derecho de la Unión Europea.
- Artículo 15. Selección de representantes judiciales en las redes internacionales de cooperación judicial.
- Artículo 16. Solicitudes de cooperación judicial internacional.
- Artículo 17. Reparto urgente de solicitudes de cooperación judicial internacional.
- Disposición adicional única.
- Disposición transitoria única. Legislación aplicable a los procesos de renovación de las redes.
- Disposición derogatoria única. Derogación de normas.
- Disposición final primera. Base jurídica del presente Reglamento.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-2018-14035?
- BOE-A-2018-14035 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-2018-14035?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.