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Acuerdo Vigente

Artículo 13. Integración de jueces y magistrados en la Red de Especialistas en Derecho de la Unión Europea.

Artículo 13 del Acuerdo de 27 de septiembre de 2018, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2018, sobre auxilio judicial internacional y redes de cooperación judicial internacional. · BOE-A-2018-14035

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-10-16.

Texto consolidado

1. A efectos operativos la Red de Especialistas en Derecho de la Unión Europea se articulará en las siguientes divisiones:

1) Derecho Civil (de Consumo y Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia en el ámbito de la cooperación civil).

2) Derecho Mercantil (de la Competencia, Propiedad Intelectual, Industrial y Mercantil).

3) Derecho Penal (Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia en al ámbito de la cooperación penal).

4) Derecho Administrativo (y Fiscal).

5) Derecho Social (Laboral y de Seguridad Social).

6) Aspectos generales del Derecho de la Unión Europea.

2. Formarán parte de la división de Derecho Civil miembros de la carrera judicial que presten servicios en órganos de la jurisdicción civil, de la división de Derecho Mercantil miembros de la carrera judicial que presten servicios en órganos de la jurisdicción mercantil, de la división de Derecho Penal miembros de la carrera judicial que presten servicios en órganos de la jurisdicción penal, de la división Derecho Administrativo miembros de la carrera judicial que presten servicios en órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa, de la división de Derecho Social miembros de la carrera judicial que presten servicios en órganos de la jurisdicción social, y, por último, de la división de aspectos generales del Derecho de la Unión Europea miembros de la carrera judicial que presten servicios en órganos de cualquier jurisdicción.

3. En cada división existirán tres miembros que de forma coordinada y a nivel nacional desarrollarán las funciones que les son propias.

4. Los miembros de la Red de Especialistas en Derecho de la Unión Europea elegirán de entre ellos un coordinador, que ejercerá sus funciones por un período de dos años, con posibilidad de renovación por mandatos sucesivos, siempre que continúe siendo miembro de la Red de Especialistas en Derecho de la Unión Europea.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-10-16.

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