Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera de la Ley 8/1986, de 26 de noviembre, Electoral de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. · BOE-A-1987-2903
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-12-21.
Texto consolidado
Mientras no se haya constituido el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, todas las referencias a éste o a sus Magistrados, contenidas en la presente Ley, se entenderán relativas a la Audiencia Territorial de Palma de Mallorca y a sus Magistrados.