Disposición adicional tercera. Militares de complemento de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen de Personal de las Fuerzas Armadas.
Disposición adicional tercera del Real Decreto 711/2010, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2010-8698
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-06-02.
Texto consolidado
Los militares de complemento de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, mantendrán su especialización dentro del campo de actividad de una especialidad fundamental o complementaria del cuerpo y, en su caso, escala a la que se hubieran adscrito.
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