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Real Decreto Vigente

Disposición adicional primera. Representaciones o misiones permanentes ante organizaciones internacionales.

Disposición adicional primera del Real Decreto 810/2006, de 30 de junio, de organización, funciones y provisión de puestos de trabajo de las Consejerías de Turismo en las Misiones Diplomáticas de España. · BOE-A-2006-12690

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-07-15.

Texto consolidado

En las representaciones o misiones permanentes de España ante organizaciones internacionales de carácter turístico, con competencias turísticas o que afecten al turismo podrán existir puestos de Consejeros y Consejeros Adjuntos de Turismo, que se regirán por las normas específicas de esas representaciones y misiones y, en la medida en que les sea de aplicación, por lo dispuesto en este real decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-07-15.

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