Disposición adicional segunda. Cambio de denominación.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 810/2006, de 30 de junio, de organización, funciones y provisión de puestos de trabajo de las Consejerías de Turismo en las Misiones Diplomáticas de España. · BOE-A-2006-12690
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-07-15.
Texto consolidado
Las menciones a Directores y Directores Adjuntos de la Oficinas Españolas de Turismo en las relaciones de puestos de trabajo vigentes se entenderán referidas a Consejeros de Turismo y Consejeros Adjuntos de Turismo hasta que se adapte esa relación de puestos de trabajo a las denominaciones de este real decreto.
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