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Ley Vigente

Disposición adicional primera. Red de Infraestructuras y de Instalaciones Portuarias.

Disposición adicional primera de la Ley 10/2005 de 21 de junio, de puertos de las Illes Balears. · BOE-A-2005-12950

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-07-03.

Texto consolidado

1. La Red de Infraestructuras y de Instalaciones Portuarias constituye el sistema que identifica, clasifica y ordena el conjunto de puertos y de instalaciones portuarias y marítimas que son competencia de la administración autonómica de las Illes Balears, relacionados en el anexo de esta ley.

2. La creación de nuevas infraestructuras e instalaciones o la ampliación de las existentes, aprobada de acuerdo con esta ley, supondrá la inclusión automática en la Red.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-07-03.

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