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Ley Vigente

Artículo 119. Ejecución forzosa.

Artículo 119 de la Ley 10/2005 de 21 de junio, de puertos de las Illes Balears. · BOE-A-2005-12950

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-07-27.

Texto consolidado

Para la ejecución forzosa de sus actos administrativos, Puertos de las Illes Balears utiliza las vías establecidas a este efecto en la legislación de procedimiento administrativo aplicable a la Administración de la comunidad autónoma.

Su anterior numeración era artículo 114.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-07-27.

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