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Ley Vigente

Artículo 9. Garantía del ejercicio de los derechos.

Artículo 9 de la Ley del Principado de Asturias 8/2026, de 15 de octubre, de Infancia y Adolescencia. · BOE-A-2026-23272

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-11-23.

Texto consolidado

1. Niñas, niños y adolescentes gozan de los derechos reconocidos en la Constitución Española, en el Derecho de la Unión Europea, en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, en el resto del ordenamiento jurídico español, así como en los tratados e instrumentos internacionales ratificados por España, especialmente la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño de 20 de noviembre de 1989 y la Convención de las Naciones Unidas sobre Derechos de las Personas con Discapacidad de 13 de diciembre de 2006, sin perjuicio de cualesquiera otros derechos que les reconozca el ordenamiento jurídico.

2. Las disposiciones siguientes regulan, en el ámbito de competencias del Principado de Asturias, la garantía del ejercicio de los derechos por parte de niñas, niños y adolescentes que residan o se encuentren en Asturias, y se interpretarán de conformidad con los tratados internacionales de los que España sea parte y, especialmente, de acuerdo con la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y la Convención de las Naciones Unidas sobre derechos de las personas con discapacidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-11-23.

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