Artículo 8. Censo de bajas y modificaciones.
Artículo 8 del Real Decreto 118/2005, de 4 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos generales de los Colegios de Agentes Comerciales de España y de su Consejo General. · BOE-A-2005-2529
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-02-17.
Texto consolidado
De todas las bajas y modificaciones, los Colegios harán la difusión oportuna y darán traslado al Consejo General, para su constancia y publicación, en su caso, en los medios de comunicación colegial.