Artículo 77. Responsable de caso.
Artículo 77 de la Ley del Principado de Asturias 8/2026, de 15 de octubre, de Infancia y Adolescencia. · BOE-A-2026-23272
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-11-23.
Texto consolidado
A la persona menor de edad que sea declarada en desamparo o en guarda se le asignará un técnico o una técnica de la entidad pública competente, que será su referente y responsable de caso mientras esté el expediente abierto.