Artículo 73. Apoyo a iniciativas de promoción de la igualdad real y la no discriminación.
Artículo 73 de la Ley del Principado de Asturias 7/2026, de 15 de octubre, para la erradicación de la discriminación y para la igualdad real y efectiva de derechos de las personas lesbianas, gais, trans, bisexuales e intersexuales y de sus familias. · BOE-A-2026-23271
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-12-23.
Texto consolidado
La Administración del Principado de Asturias apoyará aquellas iniciativas del ámbito de la cultura, turismo, ocio y deporte que:
a) Contribuyan a la creación de un imaginario ético y estético positivo para las personas LGTBI y sus familias.
b) Contribuyan a la inclusión social de las personas LGTBI y sus familias en una sociedad de plenos derechos para todas las personas que la conforman.
c) Luchen contra los discursos de odio contra las personas LGTBI y sus familias.
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- Ver la norma completa: Ley del Principado de Asturias 7/2026, de 15 de octubre, para la erradicación de la discriminación y para la igualdad real y efectiva de derechos de las personas lesbianas, gais, trans, bisexuales e intersexuales y de sus familias.