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Ley Vigente

Artículo 70. Internacionalización del Sistema universitario gallego.

Artículo 70 de la Ley 10/2021, de 9 de marzo, reguladora de la acción exterior y de la cooperación para el desarrollo de Galicia. · BOE-A-2021-5211

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-04.

Texto consolidado

1. La Xunta de Galicia primará en la financiación universitaria el crecimiento en la internacionalización de las universidades públicas del Sistema universitario gallego conforme a los indicadores recomendados por la Unión Europea.

2. En conformidad con lo previsto en el apartado precedente, se estimulará preferentemente la atracción de alumnado de países de la lusofonía y de los países que se indiquen como prioritarios en la Estrategia gallega de acción exterior.

3. La Administración autonómica impulsará la coordinación de la promoción exterior de las universidades gallegas y estimulará la más estrecha cooperación entre ellas, buscando la colaboración con las restantes de la Eurorregión, en especial cuando se dirijan a países de la lusofonía.

4. La Xunta de Galicia diseñará una política pública propia orientada a favorecer el establecimiento y emprendimiento en Galicia de los titulados foráneos en las universidades gallegas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-04-04.

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