Artículo 7. Realización de pruebas diagnósticas PCR en centros sociosanitarios de carácter residencial.
Artículo 7 del Decreto-ley Foral 8/2020, de 17 de agosto, por el que se aprueban en la Comunidad Foral de Navarra medidas extraordinarias para responder ante la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19. · BOE-A-2020-11364
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-08-18.
Texto consolidado
En los centros sociosanitarios de carácter residencial en las áreas de personas mayores y discapacidad se realizarán PCR a todos los nuevos ingresos con 72 horas de antelación como máximo. Asimismo, también se realizarán PCR a todas las personas trabajadoras que regresen de permisos y vacaciones por períodos superiores a 14 días, y a nuevas personas trabajadoras que se incorporen.
Más artículos de Decreto-ley Foral 8/2020
- ← Artículo 6. Consumo de alcohol no autorizado en vía pública.
- → Artículo 8. Visitas y salidas de las personas residentes en los centros sociosanitarios de carácter residencial.
- Ver la norma completa: Decreto-ley Foral 8/2020, de 17 de agosto, por el que se aprueban en la Comunidad Foral de Navarra medidas extraordinarias para responder ante la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19.