Artículo 56. Instrumentos de valoración.
Artículo 56 de la Ley del Principado de Asturias 8/2026, de 15 de octubre, de Infancia y Adolescencia. · BOE-A-2026-23272
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-11-23.
Texto consolidado
1. La gestión de casos por parte de los servicios sociales generales y especializados estará validada por instrumentos de valoración de la gravedad de los indicadores de riesgo social.
2. Los instrumentos de valoración serán aprobados por resolución de la consejería competente en materia de infancia, estarán sustentados por una base científico‑técnica y permitirán una aplicación homogénea de los criterios de protección evitando la discrecionalidad y el juicio subjetivo.