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Orden Vigente

Artículo 5. Definiciones.

Artículo 5 de la Orden DEF/1626/2015, de 29 de julio, por la que se aprueban las directrices generales para la elaboración de los currículos de la enseñanza de formación para el acceso a las diferentes escalas de suboficiales de los cuerpos de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2015-8741

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-08-04.

Texto consolidado

En el ámbito de esta orden se entenderá por:

a) Conocimiento: Información asimilada en el proceso de aprendizaje.

b) Capacidad: Interpretación y entendimiento de un conocimiento aplicado a un contexto de realidad.

c) Destreza o habilidad: Aplicación del conocimiento para transformar una realidad específica.

d) Competencias: Facultades que debe adquirir el alumno, demostradas en el empleo del conocimiento, de las capacidades y de las destrezas o habilidades necesarias para su aplicación en el campo de actividad en el que desempeñará su cometido, fundamentalmente las correspondientes al primer empleo de la escala de Suboficiales a la que accederá. Las competencias, que deben ser evaluables, se agrupan en generales y específicas.

e) Módulo: El conjunto de contenidos temáticos orientados a la obtención de una o más competencias profesionales.

Estos a su vez pueden ser:

1.º Módulos profesionales: Los conducentes a la obtención del título de Técnico Superior de Formación Profesional.

2.º Módulos formativos: Los orientados a completar la formación militar general, específica y para la adquisición de la especialidad fundamental y, en su caso, técnica.

Al hablar de módulos se referirá a unos u otros indistintamente.

f) Currículo: Conjunto de objetivos, competencias, contenidos, metodología del aprendizaje y Criterios de evaluación de cada una de las enseñanzas reguladas en esta Orden ministerial. Puede agrupar uno o más planes de estudios.

g) Planes de estudios: Conjuntos organizados de enseñanzas, de estructura modular, dirigidas a la obtención de un determinado perfil profesional.

h) Carga lectiva: Es la suma de las horas contenidas en los módulos que componen un plan de estudios de la formación de Suboficiales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-08-04.

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