Artículo 4. Criterios a los que debe ajustarse la formación de Suboficiales.
Artículo 4 de la Orden DEF/1626/2015, de 29 de julio, por la que se aprueban las directrices generales para la elaboración de los currículos de la enseñanza de formación para el acceso a las diferentes escalas de suboficiales de los cuerpos de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2015-8741
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-08-04.
Texto consolidado
La formación de Suboficiales se ajustará a los siguientes criterios:
a) Proporcionar la capacitación y especialización requeridas para el acceso a las diferentes Escalas de Suboficiales.
b) Facilitar la obtención de títulos del sistema educativo general.
c) Garantizar la completa formación humana y el pleno desarrollo de la personalidad.
d) Fomentar los principios y valores constitucionales, contemplando la pluralidad cultural de España.
e) Asegurar el conocimiento de las misiones de las Fuerzas Armadas definidas en la Constitución y en la Ley Orgánica de la Defensa Nacional.
f) Promover los valores y las reglas de comportamiento del militar.
g) Desarrollar en el alumno capacidades para asumir el proceso del conocimiento y adaptarse a su evolución.
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