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Orden Vigente

Artículo 4. Criterios a los que debe ajustarse la formación de Suboficiales.

Artículo 4 de la Orden DEF/1626/2015, de 29 de julio, por la que se aprueban las directrices generales para la elaboración de los currículos de la enseñanza de formación para el acceso a las diferentes escalas de suboficiales de los cuerpos de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2015-8741

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-08-04.

Texto consolidado

La formación de Suboficiales se ajustará a los siguientes criterios:

a) Proporcionar la capacitación y especialización requeridas para el acceso a las diferentes Escalas de Suboficiales.

b) Facilitar la obtención de títulos del sistema educativo general.

c) Garantizar la completa formación humana y el pleno desarrollo de la personalidad.

d) Fomentar los principios y valores constitucionales, contemplando la pluralidad cultural de España.

e) Asegurar el conocimiento de las misiones de las Fuerzas Armadas definidas en la Constitución y en la Ley Orgánica de la Defensa Nacional.

f) Promover los valores y las reglas de comportamiento del militar.

g) Desarrollar en el alumno capacidades para asumir el proceso del conocimiento y adaptarse a su evolución.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-08-04.

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